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AFP en el TC: la libertad que está en juego

Por José María Vallejo.- En mayo del año pasado, un columnista de este ElPensador.io, José Reyes, proponía una serie de medidas lógicas, racionales y justas para repensar el sistema de pensiones que hoy administran y dominan las AFP.

Una de ellas señala que es necesaria la libertad: “Los individuos no pueden estar encadenados al sistema. Si a una edad determinada encuentro alternativas de inversión razonablemente mejores que el sistema, debo poder tener el derecho de disponer al menos de una parte de lo que he ahorrado con mi esfuerzo. Es una libertad mínima de disponer del fruto de mi trabajo. El sistema debe estar a disposición de los ciudadanos, y no al revés”.

Quisiera reafirmar ese principio cuyo atropello flagrante constituye el “corralito” sobre los más de US$100 mil millones que pertenecen a los chilenos, pero que los chilenos no podemos usar.

No existe razón lógica para mantener secuestrados los fondos de pensiones y que cada uno de nosotros no pueda disponer libremente de al menos una parte de ellos para financiar otras posibilidades de inversión distintas a las que -arbitrariamente, sin consultarnos y sin tomar el mismo riesgo que nosotros-, deciden las administradoras de fondos de pensiones.

En la superficie, flota la idea de que los chilenos no tenemos la inteligencia o la madurez para tomar nuestras propias decisiones. Entonces, necesitamos de la sapiencia, la sabiduría, la inteligencia y la claridad de líderes financieros probados, que saben cuándo tomar riesgos y que nos aseguran una vejez digna.

Incluso suponiendo que los ejecutivos de las AFP tuvieran esas características… no hay razón para secuestrar los fondos. Si una persona de una cierta edad quisiera usar una parte de su capital para comprar un departamento y dejarlo en arriendo, debería tener todo el derecho a hacerlo; si una persona quisiera usar parte de sus fondos para financiar un emprendimiento, también debería tener derecho a hacerlo; si quisiera ponerlo en acciones de empresas que le importen más que la cartera que le ofrecen, igual. Esto estaría perfectamente dentro de los marcos señalados en el DL 3.500 que regula el sistema de pensiones, pues señala que los fondos ahorrados no pueden ser usados para otros fines que los previsionales. Obviamente, nuestras decisiones en casos como los mencionados van orientados a darnos una renta. ¿Por qué habría que suponer que la escuálida renta de la AFP es la única pensión posible?

Pero la libertad de elegir no podemos limitarla a las pensiones. Pongamos el caso extremo de una persona tiene una enfermedad terminal y quisiera retirar su ahorro previsional antes de jubilarse pues sabe que no podrá gastarlo y quiere aprovecharlo para donarlo a su familia o llevar a sus seres queridos a un último viaje… o asegurar a quienes ama adquiriendo para ellos una casa donde vivir. Tantas cosas. Después de todo, el retiro de los fondos para una jubilación anticipada ya está contemplado, claro que a través de entregárselo todo a una aseguradora que garantiza una renta vitalicia. Si se puede hacer para ello, no hay razón lógica para retirar los fondos libremente si así uno lo necesitara, y que queden a disposición de uno, no de una empresa.

De nuevo, detrás de esto, está la libertad de elegir, que para el sistema de AFP es inexistente. De hecho, uno de los principales argumentos jurídicos de la administradora frente a la exigencia de una afiliada de Antofagasta (cuyo caso ahora debe ser visto por el Tribunal Constitucional) es que es más importante el derecho a la jubilación que el derecho a la propiedad. Efectivamente la Constitución señala en el artículo 19° número 18 que los chilenos tenemos “el derecho a la seguridad social”. Primer engaño presente en la Carta Fundamental: dice que “las leyes que regulen el ejercicio de este derecho serán de quórum calificado”, y la ley que creó el sistema es un decreto establecido en pleno régimen militar, cuando no había Congreso. Más allá de eso, lo único que señala la Constitución es que es obligación del Estado “garantizar el acceso de todos los habitantes al goce de prestaciones básicas uniformes, sea que se otorguen a través de instituciones públicas o privadas”, y que “supervigilará el adecuado ejercicio del derecho a la seguridad social”. No dice cómo y no dice que los fondos ahorrados por todos deban ser secuestrados.

Lo que está en juego en el Tribunal Constitucional es serio. Si ganan las AFP significa, desde lo político-económico, la imposición eterna de un “corralito”, peor que el que se estableció en Argentina. Es el secuestro de la propiedad de todos nosotros para financiar la liquidez del sistema financiero y de las empresas donde se inyectan los fondos. Pero desde el punto humano, es la negación del derecho de las personas, de la inteligencia y de la dignidad. Es tratarnos como niños. Llama la atención que una de las formas de manipulación de los públicos que denuncia Noam Chomsky es esa: tratar a la gente como si fueran niños, pues hará que reaccionen, precisamente, como niños.

Si ganan las AFP en el TC, se legitimará que nos traten como niños en cualquier otro ámbito y podrán negarnos la posibilidad de disponer de nuestra propiedad, como la devolución de los impuestos (¡oh! ¡Eso ya lo hacen!)… Todo eso, en función de nuestro “propio bien”. Es como si nos declararan interdictos, en pleno uso de nuestras facultades.