El Pensador
  • Inicio
  • Opinión
  • Actualidad
  • Cultura(s)
  • Mundo Académico
  • Línea Editorial
    • Suscríbete a ElPensador.io
    • Comunícate con nosotros
  • LEX | Avisos Legales de ElPensador.io
  • Librería ElPensador.io
Lectura: ¿Bordes constitucionales?
Compartir
Cambiar tamaño de fuenteAa
El PensadorEl Pensador
  • Inicio
  • Opinión
  • Actualidad
  • Cultura(s)
  • Mundo Académico
  • Línea Editorial
  • LEX | Avisos Legales de ElPensador.io
  • Librería ElPensador.io
  • Inicio
  • Opinión
  • Actualidad
  • Cultura(s)
  • Mundo Académico
  • Línea Editorial
    • Suscríbete a ElPensador.io
    • Comunícate con nosotros
  • LEX | Avisos Legales de ElPensador.io
  • Librería ElPensador.io
Síganos
El Pensador > Blog > Cartas al Director > ¿Bordes constitucionales?
Cartas al Director

¿Bordes constitucionales?

Última actualización: 27 septiembre, 2022 1:58 pm
2 minutos de lectura
Compartir
constitución ley allende
Compartir

Señor director:

Desde el triunfo de la opción Rechazo a la propuesta de nueva carta fundamental, ha sido una veleta que esperamos se estabilice en algún momento el comportamiento de incumbentes que forman parte de los poderes constituidos. En particular el Senado. Especialmente en lo relativo a lo que llaman “bordes” del ahora eventual nuevo proceso constituyente. Digo eventual, pues algunos no desean cambiar un ápice de la Constitución vigente, y otros pretenden darle el valor de norma pétrea, inmodificable o consustancial al constitucionalismo chileno a ciertas cuestiones, como el derecho a elegir en materia previsional, de salud o educación –sistemas que se instalaron durante la vigencia de la Carta de 1980 y que no son verdades canónicas- o la bicameralidad del Congreso y la existencia de un sistema presidencial.

Además, no podemos pasar por alto que esos bordes no son tales, sino una preconfiguración de contenidos que deberían, a juicio de quienes lo proponen, establecer una nueva Constitución. Cuestión –por decirlo elegantemente– novedosa si hablamos de nueva Constitución. Pero además que inserta, cual contrabando, el mentado derecho a elegir en materia previsional (cuestión que hoy no existe, ni normativa, ni fácticamente). En fin, esperamos que esta veleta halle un rumbo, pues no podemos olvidar que el malestar constitucional persiste y que al final del día tratar de controlar normativamente a los procesos sociales es como “ponerle puertas al campo”.

Dr. José Ignacio Núñez Leiva, académico de la Facultad de Derecho de la Universidad Central

 

ETIQUETADO:constitución
Comparte este artículo
Facebook Whatsapp Whatsapp LinkedIn Reddit Telegram Threads Correo electrónico Copiar link
Compartir
Artículo anterior banalidad trivialidad Los hackeos no son casuales
Artículo siguiente Leyendo detrás de la movilización militar en Rusia

Sergio Campos: «La soberanía popular no está representada en ninguna parte»

https://youtu.be/nxK-jlYvXmQ?si=Jde4BE5WxP3HUpnu

Daniel Urbina: Guerra Comercial «es una oportunidad de oro para China»

https://youtu.be/sbyTutTRww4?si=F3UHIE35kYGynfdO

También podría gustarte

Cartas al Director

Declaración de Tarragona

6 minutos de lectura
condonación del CAE empresas eléctricas banco central afp
Cartas al Director

El tercer retiro es para subsistencia

2 minutos de lectura
partidos elecciones
Opinión

El plebiscito en riesgo

7 minutos de lectura
ActualidadCultura(s)

Concepción Balmes: “Un hombre que sabe es un hombre libre”

9 minutos de lectura
El Pensador
© El pensador io. Todos los derechos reservados, sitio web desarrollado por: Omninexo.
Welcome Back!

Sign in to your account

Username or Email Address
Password

¿Perdiste tu contraseña?