
Señor Director:
Con cada elección del Consejo General del Colegio de abogados, se alzan voces que buscan promover la colegiatura obligatoria como una forma de control ético de la profesión.
Sin embargo, la pretensión de este control se basa en el ejercicio “tradicional” de la profesión (abogado-cliente), en donde no existe supervigilancia alguna, salvo -básicamente- imputar responsabilidad civil en el marco de un contrato de prestación de servicios.
Ver también:
Abogados y el rigor de la vestimenta
Por otra parte, la mirada tradicional del colegio de abogados y el fin de buscar la vigilancia ética, no parece tener lógica en el caso de profesionales que están sujetos a un control disciplinario como son los que trabajan en empresas, organizaciones o instituciones públicas.
En este tipo de relacionales laborales o estatutarias los comportamientos contrarios a la ética si encuentran sanción, ya que estos profesionales están sujetos a la potestad disciplinaria del empleador o del jefe de servicio. Por ende, un doble control ético, parece no tener justificación.
Christopher Gotschlich
Abogado y académico de la U. Central
"Firmes y dignos" no es solo una consigna épica de Gladiador, sino un principio de…
Renovación Nacional (RN) redefine su estrategia interna con miras a las próximas elecciones municipales, apostando…
En un sistema cada vez más regulado y expuesto al escrutinio público, la sostenibilidad de…
Del golpe de 1953 al choque híbrido actual: un conflicto marcado por petróleo, revoluciones, guerras…
Cinco décadas de dictadura, transición, alternancias políticas y estallido social han moldeado un país que…
La educación chilena opera bajo una lógica administrativa que aplasta la soberanía semántica, confunde estandarización…