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Corte Suprema quita el piso a las criptomonedas y favorece a banca tradicional

ElPensador.io.- La Tercera Sala de la Corte Suprema rechazó la apelación de la cripto moneda Orionx, lo que significa que la cuenta de la compañía con el BancoEstado continuará cerrada.

A principios de este año, los bancos chilenos Itaú-Corpbanca, Scotiabank, y BancoEstado decidieron cerrar las actividades de las compañías de criptomoneda en el país, cuando cerraron las cuentas bancarias de las plataformas de activos digitales más grandes, Crypto MKT, Buda y Orionx. El banco estatal ha revelado que el cierre se debió a la política del banco de no tratar con las compañías involucradas en el sector de la criptomoneda.

«Por la presente le informamos que BancoEstado ha decidido cerrar la cuenta de la cual usted es el propietario, de acuerdo con los poderes proporcionados en el Contrato de Cuentas», decía un comunicado del banco.

La Corte de Apelaciones de Santiago, que acordó escuchar el caso en julio, decidió que las acciones del banco eran «ilegales y arbitrarias» y que al cerrar la cuenta de la bolsa, el banco estaba infringiendo un derecho constitucional a la equidad legal A los ojos del estado. Como resultado, el tribunal dictaminó que la cuenta de Orionx debería restablecerse con efecto inmediato.

Sin embargo, el Tribunal Supremo ahora no está de acuerdo con la decisión de la Corte de Apelaciones . El tribunal federal más alto de Chile señaló que el cierre de la cuenta de Orionx por BancoEstado no fue ilegal ni arbitrario.

El tribunal también agregó que las criptomonedas no tienen forma física, tienen un valor intrínseco y tampoco están respaldadas por el gobierno. Continuó argumentando que el banco no tenía forma de averiguar las actividades financieras que estaba llevando a cabo Orionx, y esto impuso un límite a la capacidad del banco para garantizar ciertas medidas de cumplimiento.

“Estas características y elementos determinan, por lo tanto, la imposibilidad actual para que el Banco cumpla con las obligaciones antes mencionadas, ya que le impide conocer en profundidad las actividades financieras relacionadas con las criptomonedas desarrolladas por el apelante, las características más relevantes de sus operaciones, el los fundamentos sobre los cuales se apoyan y, finalmente, si sus montos son excesivos o no «, se lee en el fallo.

El tribunal fue más allá y agregó que la falta de claridad en los activos involucrados llevó a la dificultad de cumplir con los deberes del banco, por lo que apoya su «decisión de cerrar la cuenta bancaria». No queda claro qué implica esta decisión para las otras dos criptomonedas que presentaron apelaciones considerando lo mismo, aunque todas las indicaciones apuntan al mismo resultado para ellos también.

 

Alvaro Medina

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