Categorías: Mundo Académico

Ley de Ejecución de Penas para Chile: una promesa incumplida

Por Jörg Stippel.- Hace cinco años, los candidatos presidenciales Sebastián Piñera y Alejandro Guillier querían trabajar en una Ley de Ejecución de Penas. El programa de gobierno (2018-2022) del presidente Piñera prometía enviar un proyecto de ley al Congreso Nacional y modernizar a Gendarmería de Chile con “un foco especial en la reinserción, avanzando hacia una mayor segmentación de los reclusos”.

Hoy podemos constatar que el segundo gobierno de Piñera trabajó durante algunos meses en la elaboración de un anteproyecto de Ley de Ejecución de Penas. Sin embargo, el respectivo borrador no recogía ni siquiera las ideas generales de los instrumentos de consenso internacional en materia de las reglas mínimas con las que los estados deberían cumplir cuando ejecutan penas privativas de libertad (Reglas Mandela y Reglas de Bangkok). Como si a nivel internacional no hubiese existido una amplia discusión acerca de ciertos estándares, el Ministerio trabajó en una propuesta sui generis. No es de lamentar que ese anteproyecto no haya encontrado su camino al Congreso.

La intención de elaborar una ley en la materia ha fracasado sistemáticamente desde 1995. El actual gobierno del presidente Boric propone “impulsar la dictación de una Ley de Ejecución de Penas, para que la regulación de las penas privativas de libertad tenga rango legal y su cumplimiento pueda ser controlada de forma efectiva por los tribunales de justicia”. En sintonía, la propuesta de una nueva Constitución recoge la necesidad de darle una base legal sólida al sistema penitenciario. El articulado puede representar un salto cualitativo en la protección de los derechos de las personas privadas de libertad. Dispone que deberían existir, entre los tribunales de instancia, los de ejecución de penas. Estos deben velar por los derechos fundamentales de las personas condenadas o sujetas a medidas de seguridad. A su vez se reconoce el especial rol de garante que cumple el Estado frente a la persona privada de libertad y se dispone que “el sistema de cumplimiento de las sanciones penales y de las medidas de seguridad se organizará sobre la base del respeto a los derechos humanos”. Es de esperar que la propuesta de Boric y el encargo plasmado en el proyecto constitucional no sufran el mismo destino que las promesas anteriores.

La falta de una ley es una grave falencia que afecta la legitimidad del poder en la etapa de cumplimiento penal, generando amplios márgenes de discrecionalidad que dan cancha a la arbitrariedad. Es tiempo de que el Estado de Derecho y la democracia penetre las cárceles y que el servicio penitenciario se modernice. La aprobación del nuevo texto constitucional podría implicar un gran avance en ese camino. Sin embargo, es tarea del Presidente Boric la de movilizar a la clase política para que su programa no siga siendo una mera promesa.

El Dr. Jörg Stippel es abogado y académico de la Universidad Central de Chile

Alvaro Medina

Entradas recientes

Violencia política banalizada: el caso de Charlie Kirk

La muerte de Charlie Kirk no solo interpela nuestra sensibilidad política, sino que revela cómo…

4 días hace

La Restauración Nacional: liderazgo para reconstruir un país dañado

La próxima presidencia no será simplemente una gestión más: será una cirugía mayor sobre una…

4 días hace

Curiosidades de la Historia: el obispo que desafió a la Audiencia

Crónica de la excomunión, la protesta popular y la huida del obispo Juan Pérez de…

4 días hace

¿Quién encarna hoy el centro socialdemócrata?: ¿Jara o Matthei?

Entre bienestar social y cirugía macroeconómica, las opciones presidenciales de Jara y Matthei se debaten…

4 días hace

¿Cuánto cuesta la justicia social?

Las reformas como las 40 horas y el salario mínimo exigen distinguir entre lo que…

5 días hace

Inteligencia artificial en el poder: ¿eficiencia o riesgo democrático?

El nombramiento de una ministra virtual en Albania revela el potencial y los dilemas de…

5 días hace