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Lectura: Plan B para la Recaudación Tributaria
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El Pensador > Blog > Mundo Académico > Plan B para la Recaudación Tributaria
Mundo Académico

Plan B para la Recaudación Tributaria

Última actualización: 29 octubre, 2024 5:30 pm
3 minutos de lectura
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pensiones ahorro tributaria
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La nueva Ley de Cumplimiento de Obligaciones Tributarias no será suficiente para la recaudación pretendida por el gobierno, afirma el economista Francisco Castañeda.

Por Francisco Castañeda.- Respecto a la Ley de Cumplimiento Tributario, existen dudas respecto a si el gobierno será capaz de recaudar en régimen el 1,5% del PIB. Si desea cumplir con su agenda social, debería fijar nuevos parámetros realistas de déficit fiscal y de deuda pública (ambos ya corregidos al alza).

También debiera reconocer que el gasto público crezca 1,6% anual como lo plantea el Consejo Fiscal Autónomo, para cumplir con la regla de déficit estructural, es técnica y políticamente inviable (porque no habría suficiente financiamiento para bienes públicos).

Ver también:
Diagnóstico del Banco Central: lo que falta en la economía

En lo que respecta a las PYMEs, la renegociación para pagar impuestos adeudados y sin multas, permite un alivio temporal en la liquidez. Es importante que esta tasa de interés en la renegociación sea baja, lo que ha sido una crítica permanente a la Tesorería.

Asimismo, se anunció que se aplicarán impuestos a importaciones realizadas por plataformas digitales y se monitoreará las transferencias de terceros a cuentas corrientes de modo que paguen impuestos por actividades comerciales no declaradas, entre otros.

Pero todo esto no moverá la aguja de la recaudación total.

También la repatriación de capitales tiene aún un largo camino burocrático, debiendo haber sido un impuesto sustitutivo del 8% en vez del 12% (como lo fue en el pasado) para compensar riesgos.

En lo relacionado con las grandes empresas, la norma general antielusión permitirá fiscalizar los grupos económicos como un todo y, además, el Servicio de Impuestos Internos (SII) podrá tener atribuciones en las transferencias con partes relacionadas en el extranjero (ante el abultamiento de precios para licuar utilidades, por ejemplo).

Pero esto no necesariamente recaudará lo estimado debiendo tener Hacienda un plan B si no recauda lo proyectado, que es lo más probable.

Francisco Castañeda es economista y académico de la U.Central

ETIQUETADO:impuestos
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