Señor Director:
El proyecto de reforma de ley (Boletín Nº 13.088-02) a la Ley Orgánica Constitucional de las Fuerzas Armadas que otorga la facultad al Presidente de la República de acudir a los militares, por medio de la dictación de un Decreto Supremo sin consentimiento del Congreso Nacional, para efectos de proteger “infraestructura crítica” cuando corra riesgo la Seguridad de la Nación, nos parece un retroceso respecto a la gestión de la fuerza, control de orden público y respeto de derechos humanos. Esta reforma, intenta por medio de la represión, sofocar la protesta social. Ante un problema político-social, el Gobierno quiere responder nuevamente con más violencia, prescindiendo de las discusiones de fondo y endosando la responsabilidad del uso de la fuerza a las Fuerzas Armadas. Este proyecto es en el fondo, un estado de excepción constitucional velado, sin control del Congreso y con múltiples facultades discrecionales que el Presidente podrá entregar -por vía administrativa- a las Fuerzas Armadas. Normalizar un estado de excepción de modo velado es un atentado contra la democracia. Además, el proyecto plantea circunscribir la exención de responsabilidad a estándar de actuación regulados en cuerpos administrativos, de manera innecesaria, ya que nuestro ordenamiento jurídico ya contempla esas situaciones en cuerpos legales y son los jueces de fondo llamados a pronunciarse sobre ellas.
Este retroceso no sólo desafía las normas de derecho externo e interno, sino que además a la historia de Chile. Durante la dictadura cívico-militar el actuar de la fuerza estatal en las calles del país evidenció que no hay mandato jurídico que pueda resistir un ataque. Esto trajo como consecuencia la vulneración de diversos derechos humanos de compatriotas, cuyos familiares aún claman por justicia, verdad y rechazo a la impunidad. Este año, entre los días 19 y 27 de octubre, en que fuerzas de orden estuvieron en las calles en el contexto de Estado de Emergencia, al menos 3 personas murieron y cientos fueron heridos, golpeados, víctimas de violencia sexual y de lesiones producto de armas de fuego. La violencia sexual, en particular, se ejerció con más fuerza contra mujeres, niñas, niños, adolescentes y personas LGBT. Esta situación fue dada a conocer por diversos informes del INDH, Amnistía Internacional y Human Rights Watch.
Precisamente por honrar nuestra historia, nos parece incoherente que el gobierno defienda esta iniciativa basándose en experiencias de países europeos, alguno de los cuales no han vivido siquiera una dictadura. Y en los casos que esto ha ocurrido, ha sido únicamente cuando existe amenaza seria de terrorismo. Más allá de lo anterior, es preciso indicar que las realidades jurídicas aludidas por el Presidente son distintas a la chilena y no es dable extrapolar, sin más, estos ordenamientos sobre empleo de la fuerza militar.
Estados Unidos y Reino Unido pertenecen incluso a un sistema jurídico distinto al nuestro (common law). Además, tanto estos Estados, como el español implementaron la protección militar de la infraestructura crítica debido a: (1) ataques terroristas graves, (2) sus policías no tienen facultades de índole militar, por lo cual fue necesario acudir a la fuerza militar, y (3) la génesis de estas regulaciones proviene de un ataque externo, no de contextos de violencia interna, menos aún de protesta social. Por oposición, en los países latinoamericanos donde se han concedido estas facultades a las Fuerzas Armadas, no solo ha resultado absolutamente fútil en el pretendido propósito de resguardar el orden público, sino que además ha generado escaladas de violencia y cruentas violaciones a los derechos humanos, que han normalizado situaciones de excepción en regímenes presuntamente democráticos.
Ahora bien, si contrastamos la moción presidencial con la normativa internacional vigente se hallan fuertes contradicciones con reglas como las contenidas en la Carta Democrática de la OEA, las normas de Turku (normas de derecho humanitario sobre violencia interna), y la Convención Americana de Derechos Humanos y la Resolución 1325 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (mujeres, paz y seguridad). Una de las infracciones más graves se produce por el inciso final del artículo 1° bis propuesto, que indica que los militares que actúen en el contexto de la protección de infraestructura crítica quedarán exentos de responsabilidad penal si alegan haber actuado de acuerdo con las normas sobre empleo de la fuerza, las cuales constatarán en un Decreto Supremo Presidencial expedido por el Ministerio de Defensa Nacional.
El inciso antes transcrito no sólo es inconstitucional, sino que además vulnera disposiciones directamente de la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH) y jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. En cuanto a su inconstitucionalidad, ésta se configura a partir de la limitación de derechos fundamentales por medio de un acto administrativo, o sea, cuando el ejecutivo señala que por medio de decreto supremo establecerá los parámetros de legitimidad del empleo de la fuerza militar. Respecto a su inconvencionalidad, se infringen los artículos 1°, 8° y 25° de la CADH en la medida que se está obstaculizando el acceso a la justicia a eventuales víctimas de vulneraciones a derechos humanos por agentes del Estado al consagrar tamaña regla.
Por lo tanto, sostenemos el rechazo a esta iniciativa presidencial de reforma a la Ley orgánica Constitucional de las Fuerzas Armadas por considerarla una tentativa de persecución y represión a la protesta social, exponiendo a toda la sociedad civil a militares que no están entrenados para controlar el orden público interno, sino para exterminar enemigos. Además de acudir a esta vía, creemos que es necesario robustecer la institucionalidad existente en orden a conciliar el legítimo derecho a protestar y mantener la seguridad pública, respetando plenamente los derechos de todos y todas. Sólo de esta manera, honraremos nuestro pasado, respetaremos nuestro presente y construiremos un futuro más digno.
Firmantes
Organizaciones
Corporación Parque por la Paz Villa Grimaldi
Asamblea Territorial de Conchalí
Corporación 4 de Agosto
Asociación de Abogadas Feministas de Chile, ABOFEM
Asociación de Memoria y Derechos Humanos Venda Sexy
Coordinadora de Madres, Padres y Apoderados por el Derecho a la Educación, CORPADE
Asociación por la Memoria y los Derechos Humanos Colonia Dignidad
Agrupación de Agrupación de Abogadas Feministas de Valparaíso.
Corporación La Serena Dieciséis de Octubre
Observatorio Contra el Acoso Chile (OCAC)
Fundación NODO XXI
Asociación Sitio de Memoria ex Clínica Santa Lucía
Agrupación Memorial Aeródromo Tobalaba
Corporación La Serena Dieciséis de Octubre
Colectivo de Artistas y Gestores Culturales de Isla de Maipo.
Ni Una Menos Chile
Feministas Autoconvocadas
Casa de Miguel, Red Solidaria
Red Feminista del Libro
Personas Naturales
Andrea Lucila Pinto Bustos, abogada y profesora Derecho Penal, Pontificia Universidad Católica de Valparaíso
Shaira Sepúlveda, Corporación 3 y 4 Álamos, Un parque por la paz, la memoria y la justicia.
Jaime Bassa, Abogado Constitucionalista, Universidad de Valparaíso
Consuelo Contreras, fundadora Corporación Opción
Constanza Valdés, abogada y activista feminista y trans
Jorge Romero Fuentes. Profesor y dirigente político del Wallmapu
Katherine Moya, Arquitecta, integrante Corporación 3 y 4 Álamos, Un parque por la paz, la memoria y la justicia.
Cristián Galaz, cineasta
Luis Labraña Hernández, Publicista USACH y residente Barrio Matta Sur
María Carolina Jiménez Álvarez, abogada, activista feminista y militante del Observatorio Contra el Acoso Chile (OCAC)
Paulina Acevedo Arenas, Directora Ejecutiva Corporación Comité de Servicio Chileno, COSECH.
Paulina Acevedo Menanteau, Observatorio Ciudadano
Carlos Maureira, Vicepresidente Corporación Memoria Lonquén
María Fernanda Ovalle Donoso, Abogada, profesora Derecho Penal Universidad de Valparaíso
María José Guerrero González, Presidenta Observatorio Contra el Acoso Chile (OCAC).
Jonny Pérez presidente Islita TV
Leonardo Barra Aguilera, abogado.
Manuel Ugalde Duarte, psicólogo clínico, docente universitario. Director Ciudad Literaria.
Ximena Porras Araneda. Terapeuta Ocupacional.
Ángeles Cabezas, Productora Audiovisual
Daniel Miranda, Cineasta y Magister Cine Documental. Audiovisual de DDHH.
Flor Rubina, productora
Jorge Arrate, Abogado y Economista, Saberes Colectivos
Camila de la Maza, abogada feminista
José Gabriel Feres, Humanista, Vicepresidente Partido Humanista
Soledad Moyano, Corporación Memoria Borgoño
Luciano García E. Presidente Directorio Fundación 1367 Casa Memoria José Domingo Cañas
Lautaro Araneda Fornachiari, Corporación 3 y 4 Álamos
Teresa Monardes, Agrupación por la Memoria Histórica Providencia Antofagasta
María Isabel Matamala, Saberes Colectivos
Pamela Díaz-Romero Monreal, Fundación Equitas.
Erika Montecinos, Agrupación Lésbica Rompiendo el Silencio
Haydee Oberreuter, Comando Unitario de ex Prisioneros Políticos y Familiares – Chile
Margarita Romero Méndez, Presidenta de la Asociación por la Memoria y los Derechos Humanos Colonia Dignidad
Kemy Oyarzún Vaccaro, Presidenta ACAUCH
Dafne Concha Ferrando, Presidenta CORPADE
Marcela Benavides, Corporación Círculo Emancipador de Mujeres y Niñas con Discapacidad, CIMUNIDIS
Su Conejeros B. Directora Hora Constituyente
Valentina Miranda Arce, Vocera Nacional CONES
Paulina Cartagena Vidal, Encargada de DDHH Reg.Metropolitano Colegio de Profesores de Chile AG
Manuel Valenzuela Albornoz, Presidente AEFEN,
Alejandra Araya Espinoza, historiadora, Académica Universidad de Chile
Felipe Contreras, Sociólogo
Karla Toro, Presidenta Fech 2018-2019
Jonathan Núñez, Economista y Mg. Gerencia y Políticas Públicas USACH
Eugenia Prado Bassi, editora y escritora
Camila Miranda Medina, directora ejecutiva Fundación NODO XXI
German Berger Hertz, Director de Cine y periodista.
Ninoska Henríquez A Ingeniero Magíster en Polímeros. Miembro Plataforma Chile mejor sin TLC
Paz Becerra Urzúa, abogada de derechos humanos
Marta Cisterna, Comisión de Observadores de Derechos Humanos Fundación 1367, Casa Memoria José Domingo Cañas.
Manuel Ahumada, Presidente Confederación de Trabajadores del Cobre, CTC
Ana Verónica Osorio Sordelli, Secretaria
Carlos Ruiz Encina, sociólogo, Director Fundación Nodo XXI
Silvia Aguilera, editora
Paulo Slachevsky, editor
Ernesto Águila, académico Facultad de filosofía y humanidades Universidad de Chile
Emilia Schneider, Presidenta FECH 2019
Nicole Martínez, Vicepresidenta FECH 2019
Manuel Guerrero, Cátedra Derechos Humanos, Universidad de Chile
Fanny Berlagoscky Mora, académica Universidad de Chile
Felipe Ramírez, Presidente AFUCH Servicios Centrales, Universidad de Chile
Roxana Pey, académica, Cátedra de género Amanda Labarca, Universidad de Chile
Pablo Oyarzún, profesor titular de Universidad de Chile
Ernesto Guerra, profesor asistente de Universidad de Chile
Ivonne Coñuecar, escritora y periodista
Juan Pablo Pinilla, Académico Universidad de Valparaíso
Eugenia Brito Astroza, poeta, académica y crítica literaria
John Streeter Ralph, músico y profesor de estado.
Elicura Chihuailaf, poeta
Tatyana Cumsille. Poeta, gestora cultural
Premios Nacionales
Gonzalo Díaz, Premio Nacional de Arte 2003
Faride Zerán, Premio Nacional de Periodismo 2007
Ramón Griffero, Premio Nacional de Artes de la Representación y Audiovisuales 2019