Figura clave y a la vez despreciada, el verdugo en el Chile colonial encarnó la contradicción de un sistema que necesitaba su oficio para ejercer justicia, pero lo condenaba a la marginación social y la infamia permanente.
Por Juan Medina Torres.- Ser Ministro Ejecutor de Sentencia, título legal del verdugo durante la colonia, era muy difícil, porque los verdugos eran seres marginados por la sociedad que vivían en la periferia social. Aunque cumplían un rol indispensable para la justicia y el orden social, eran vistos como apestados o figuras infames, a pesar de ser figuras centrales en los espectáculos públicos de justicia. Eran quienes ejecutaban las penas de muerte, mutilaciones de miembros, azotes, vergüenza y tormento.
En Chile, Ortún Jerez fue uno de los primeros verdugos nombrados por el cabildo en 1547, marcando el inicio de este oficio en el período colonial.
El oficio de verdugo siempre estuvo falto de postulantes. El cargo era llenado mediante la conmutación de la pena a los mismos reos. El verdugo era el resultado de un sistema legal que lo necesitaba y, al mismo tiempo, lo rechazaba. Eran parte de la plebe y, una vez en el cargo, se transformaban en los principales testaferros de la élite dominante. Así, los condenados mutaban de posición: de castigados pasaban a ser castigadores; de delincuentes a funcionarios vulgares del sistema de justicia, a menudo viviendo en la marginalidad social.
Después de 1778, se empieza a discutir, al interior de la Real Audiencia, el rol del verdugo. El fiscal de Su Majestad en lo criminal señalaba que “siendo el verdugo un subalterno sumamente necesario para que tengan efecto las resoluciones de justicia, es indispensable proceder a nombrar sujeto que sirva este oficio sin exponerlo a las contingencias que ha padecido hasta ahora, habiendo recaído en reos forzados o indultados”.
De acuerdo con lo anterior, se propone que se provea el cargo de verdugo con algún mulato, negro, zambo o sujeto de casta semejante y, para facilitar que cualquiera aspire a servirlo voluntariamente, es indispensable dotar el cargo con un salario fijo de 250 pesos anuales.
En relación con el trabajo del verdugo, se intentó regular su función integrándolo a la planta regular de funcionarios de las corporaciones municipales, con un sueldo proveniente del erario real, pero aun así fue constante la falta de verdugos.
Sin embargo, a pesar de que la Real Audiencia reconocía la importancia que tenía el cargo para el sistema de justicia de la época, nunca se llevaron a efecto medidas tendientes a mejorar sus condiciones sociales.
Un ejemplo de ello es que, hasta 1778, la manera de designar al verdugo nunca fue claramente establecida. Ese año se inició el proceso para designar al verdugo de Santiago; el fiscal criminal de la Real Audiencia solicitó los expedientes sobre cómo se había llenado el cargo en el pasado, pero el escribano de cámara respondió que no se encontraron archivos, lo que demuestra que los verdugos no eran un tema relevante para los legisladores de ese tiempo. Por su trabajo denigrante, era considerado un anexo olvidable.
Dos eran las principales funciones del verdugo: aplicar la pena de muerte y atormentar.
Las penas de muerte se realizaban mayoritariamente en la horca, en un espectáculo público entre las 10:00 y las 11:00 horas. En la tarde se bajaba el cuerpo y se desmembraba si así lo establecía la justicia. Generalmente, cuando el verdugo ahorcaba a una persona, debía saltar sobre los hombros del ejecutado para apurar su deceso.
Otro de los roles del verdugo era aplicar la tortura, lo que requería una técnica especial. Según el derecho penal castellano, existían diversas formas de tortura de acuerdo con el delito cometido.
El verdugo desempeñaba, además, la labor de pregonero, es decir, vociferar bandos, leyes, remates y condenas.
Ser verdugo en la época colonial en Chile involucraba un doble castigo. Por un lado, estaba condenado a trabajar para el sistema judicial y, por otro, debía soportar la infamia del cargo. Una manera de sobrellevar el menosprecio social era refugiarse en el alcohol.

