ElPensador.io.- En medio de la crisis de credibilidad que afecta al Ministerio Público, tras las acusaciones cruzadas entre fiscales en la Región de O’higgins y la propia inefectividad del Fiscal Nacional, Jorge Abbott, el timonel de los prosecutores agrega una nota más: la firma de un acuerdo con la Conferencia Episcopal (CECH) a través de la cual se asegura a la Iglesia Católica que no se filtrarán a la prensa las investigaciones sobre abusos sexuales cometidos por miembros del clero.
Se trata de un “convenio marco de cooperación con el objeto de favorecer el intercambio de información concerniente a investigaciones pasadas, presentes y futuras respecto de delitos de carácter sexual cometidos por clérigos diocesanos en contra de niños, niñas o adolescentes, o personas en situación de discapacidad al momento de los hechos, protegiendo la confidencialidad solicitada por personas que han acudido a la CECH”.
El acuerdo, por tanto, se refiere solo al clero diocesano y no a las congregaciones, aunque la mayoría de ellas estuvo presente en la firma del acuerdo y se hicieron parte, como los Maristas, Jesuitas y Salesianos.
El convenio es inédito en la historia de la Fiscalía Nacional. Se trata de un acuerdo que no solo “obliga” a una institución investigada a cumplir con lo que ya es una imposición legal, es decir, colaborar con la justicia y entregar los antecedentes de delitos cometidos (y para lo cual no necesita convenios), sino que obliga al Ministerio Público a resguardar la confidencialidad de los datos de quienes han denunciado a sacerdotes.
El acuerdo no involucra compromiso alguno respecto del aporte de antecedentes que estén actualmente en manos del Vaticano (como el informe Scicluna o los casos que maneja la Congregación para la Doctrina de la Fe). Es decir, sigue consagrando el secreto de la propia Iglesia Católica en el manejo de los casos.
Pero, al mismo tiempo, asegura una vía alternativa al Ministerio Público para la recepción de denuncias, pues se refiere a la confidencialidad en casos de personas que han acudido a la Conferencia Episcopal.
¿Es legal un convenio de estas características? El artículo 1 de la Ley Orgánica Constitucional del Ministerio Público señala que esta institución tiene la función de “dirigir en forma exclusiva la investigación de los hechos constitutivos de delito”. En forma exclusiva. Además, ya el artículo 8° de la misma ley asegura la confidencialidad de los datos en casos establecidos, como cuando se afecte “sensiblemente los derechos o intereses “ de los afectados o de terceros.
El convenio, además, fija una pauta para el nuevo fiscal designado como exclusivo para los casos de abusos sexuales de religiosos, Héctor Barros. Lo limita severamente.