ElPensador.io.- Once de las 19 resoluciones que establecen medidas cautelares otorgadas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en lo que va de este año se han dictado debido a violaciones a los derechos fundamentales en Venezuela. Incluso una de las cautelares favoreció al actual Presidente encargado de ese país, Juan Guaidó.
Los casos defendidos por la instancia internacional se refieren a políticos, dirigentes o militares presos, pero también hay una serie de medidas cautelares referidas a la condición de salud en los servicios públicos.
Por ejemplo, la Resolución 18/19 contiene cuatro medidas cautelares se refieren a los casos de Inírida Josefina Ramos López, Sara María Olmos Reverón, Miguel Eduardo Perozo González y Carmen Alicia Márquez de D’Jesus. De acuerdo a lo establecido por la CIDH, estas personas se encontrarían en una situación de riesgo ante la falta de tratamiento médico adecuado para atender sus condiciones médicas, siendo que tres personas tendrían “esclerosis múltiple” y una persona, “carcinoma de mama izquierda con metástasis ósea”.
La entidad continental señala que “sus derechos a la vida, integridad personal y salud están en riesgo de daño irreparable”, por lo que conmina al “Estado de Venezuela (que) adopte las medidas necesarias para proteger la vida, integridad personal y salud de las personas beneficiarias, mediante la adopción de las medidas inmediatas que posibiliten el acceso a un tratamiento médico adecuado, incluyendo a los medicamentos necesarios de conformidad con lo prescrito por los médicos correspondientes, así como los diagnósticos y exámenes que permitan evaluar de manera regular su estado de salud, según los estándares internacionales aplicables”.
Asimismo, se dictaron medidas cautelares a favor de las mujeres pacientes que se encuentran en las salas de parto y área de emergencias, así como las y los recién nacidos que están en el área de neonatología del Hospital Maternidad Concepción Palacios, en Venezuela, debido a la “falta de acceso a un tratamiento médico adecuado, como consecuencia de una alegada crisis de desabastecimiento y otras deficiencias estructurales, así como la exposición a otras fuentes de riesgo, como condiciones de insalubridad e insuficiencia de insumos nutricionales, entre otros”.
Detenciones contra periodistas y cercanos a Guaidó
La Resolución 17/19 dictó medidas cautelares para proteger al periodista Luis Carlos Díaz y su familia, tras la detención del primero el pasado 11 de marzo por parte de agentes del Estado, ocasión en la cual -aseguró- fue “mantenido por varias horas en un sitio desconocido, donde habría sido objeto de agresiones y amenazas por agentes del Estado”, luego de informar sobre un apagón que comenzó a afectar a Venezuela en ese mes. En la actualidad se encontraría en libertad, pero sujeto a un régimen de presentación, acusado de tener responsabilidad en el apagón nacional en Venezuela, con fundamento en las declaraciones dadas por Luis Carlos Díaz en ejercicio de su libertad de expresión.
Ante esto, la CIDH pidió al régimen de Nicolás Maduro que garantice la seguridad de Díaz y que le permita ejercer su actividad periodística “en ejercicio de su derecho a la libertad de expresión, sin ser objeto de actos de intimidación, amenazas y hostigamientos”.
Otra de las Resoluciones amplió las medidas cautelares a favor de Roberto Marrero y Sergio Vergara, colaboradores del Presidente encargado Juan Guaidó. Marrero, jefe de gabinete de Guaidó, y Sergio Vergara, diputado de la Asamblea Nacional, fueron detenidos por la policía política de Maduro el 21 de marzo, lo que fue considerado por la CIDH como “una situación de gravedad y urgencia”.
Un caso similar ve la Resolución 14/19 de la CIDH, dictando medidas cautelares a favor de personas que en marzo pasado fueron detenidas en la Dirección General de Contrainteligencia Militar (DGCIM) de Venezuela, ubicada en la sede de La Boleita, Municipio de Sucre, en Caracas. Pide al régimen venezolano “asegurar que sus agentes respeten los derechos de los beneficiarios de conformidad con los estándares establecidos por el derecho internacional de los derechos humanos, absteniéndose de incurrir en cualquier forma de tortura o tratos inhumanos, crueles y degradantes; y debe posibilitar el acceso a un tratamiento médico adecuado para las personas privadas de la libertad que así lo requieran, como resultado de su condición de salud y de acuerdo con los estándares internacionales aplicables”.
En marzo también se dictaron cautelares a favor de Luis Alejandro Mogollón Velásquez, teniente de las Fuerzas Armadas de Venezuela, privado de libertad desde el 29 de marzo de 2017 en el centro nacional de procesados militares de Ramo Verde, imputado de los delitos de rebelión, instigación a la rebelión y traición a la patria. Se solicitaron medidas debido a una serie de problemas de salud provocados, entre otras cosas, por haber sido lanzado de un vehículo en movimiento mientras se encontraba detenido y, además, en la actualidad padece Linfoma de Hodking (un tipo de cáncer), pese a lo cual se alega que no ha recibido atención médica. Se denunció que sus captores agredieron a Mogollón en enero de 2019, y le habrían negado el acceso a alimentos y agua por período prolongado de tiempo. Tampoco se cumplió una orden judicial para corroborar sus enfermedades.
La misma medida se dictó en favor de Isbert José Marín Chaparro, quien se encontraría detenido en el fuerte militar “Tiuna”, en Caracas, acusado de “traición a la patria”, y donde habría sido sometido a períodos de aislamiento con las manos amarradas y una bolsa en la cabeza, entre otros malos tratos.
Igual medida cautelar se dictó en beneficio de Luis Alexander Bandres Figueroa, sargento mayor de la Guardia Nacional Bolivariana, privado de libertad el 21 de enero de 2019 en la Dirección General de Contra Inteligencia Militar (DGCIM).
La medida en favor del Presidente encargado Juan Guaidó se dictó el 25 de enero de este año, dos días después de que fuera secuestrado (y después liberado) por funcionarios del Servicio de Inteligencia Bolivariano Nacional, SEBIN.
Medidas en favor de indígenas
En febrero se dictaron medidas cautelares por los indígenas de la etnia Pemón de la comunidad San Francisco de Yuruaní o “Kumaracapay”, y del defensor indígena Olnar Ortiz. Según se informó en la CIDH, las violaciones a los derechos humanos que les han afectado se produjeron después del 23 de febrero, cuando se intentaba ingresar ayuda humanitaria a Venezuela, a través de la frontera con Brasil. De acuerdo con lo alegado, los indígenas “habrían sido objeto de diversos hechos de violencia presuntamente como resultado de un uso excesivo de la fuerza por parte de agentes estatales y agresiones provenientes de grupos que los solicitantes denominan “Colectivos””.
También se dictaron medidas a favor de Oswaldo García Palomo, José Romel Acevedo Montañez, Alberto José Salazar Cabañas, Miguel Ambrosio Palacio Salcedo y José Labichela Barrios, todos ellos detenidos en la Dirección General de Contra Inteligencia Militar (DGCIM).