ElPensador.io.- Las crisis económicas son una fuente de angustia que afecta a miles de chilenos. Para muchos, significa dejar de pagar sus deudas y quedar a disposición de cobranzas y embargos. Los más intentan postergar esa terrible situación, copando sus líneas de crédito, sus tarjetas, adquiriendo más deuda solo para pagar más deuda. ¿Y después? Comienzan a vender lentamente sus bienes para seguir pagando cuotas, mientras acreedores llaman incesantemente para convertir la vida de alguien en problemas en un calvario.
Sin embargo, en la actualidad la ley permite una salida para las personas en problemas. Es la llamada Liquidación Voluntaria, más conocida como la “quiebra personal”.
Se trata de un procedimiento judicial que permite a un deudor pagar sus deudas mediante la venta de sus bienes y quedar, de una vez, libre de toda obligación.
“En este procedimiento, la persona deudora, que, en atención a su situación económica, no pueda pagar sus deudas, entrega los bienes de que dispone a para que los acreedores se paguen con ellos de todas sus deudas. Terminado el procedimiento, todas las deudas de la persona deudora resultan extinguidas (terminan, no pueden volver a ser cobradas), aun cuando los bienes no resultaran suficientes para su pago. El deudor, queda así libre de toda deuda”, explica el experto en liquidaciones voluntarias Alejandro Arancibia.
“El procedimiento permite a las personas “volver a empezar” en el mundo financiero, puesto que, una vez concluido el procedimiento, se le elimina de todos los registros públicos de deudores”, enfatiza.
¿Quiénes pueden acceder a la quiebra personal?
En general, cualquier persona que se encuentre en la situación de tener más deudas de las que su situación económica le permita pagar y mantenga morosidades que considera imposibles de saldar.
El trámite es judicial, es decir, se hace en los Juzgados Civiles y necesita de un abogado especialista.
La liquidación voluntaria de los bienes de una persona deudora se debe presentar ante el juzgado civil competente al domicilio de la persona deudora. El liquidador designado por el tribunal se encarga de velar por los intereses del deudor y de los acreedores durante la tramitación del procedimiento.
Dado que se trata de algo profundamente personal, que implica la redefinición financiera de la vida de una persona (e incluso de una familia), la guía jurídica que tenga en este trámite debiera ser cuidadosa y personalizada. No son recomendables los servicios estandarizados.
Si le interesa consultar por la posibilidad de una “quiebra personal”, deje sus datos en el siguiente formulario.