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Proyecto permitiría a kinesiólogos recetar medicamentos

ElPensador.io.- Nuevos bríos habría adquirido el apoyo del Ministerio de Salud al proyecto que permitiría a los kinesiólogos formular diagnósticos y prescribir tratamientos y medicamentos.

La iniciativa responde a una gestión de larga data del Colegio de Kinesiólogos, y busca que ese tipo de profesionales sean de “primera consulta” al igual que los médicos, a través de una modificación al Código Sanitario y al Reglamento que los rige, que señala que el tratamiento kinesiológico debe ser por “indicación y orden escrita de un médico”.

El primer gran apoyo lo obtuvieron en diciembre de 2011, cuando los diputados Juan Luis Castro y Enrique Accorsi, patrocinaron el ingreso de un proyecto de ley que modificaba el DFL 725 o Código Sanitario para terminar con esas restricciones y permitir que los pacientes pudieran acceder directamente a los kinesiólogos.

“El Kinesiólogo podrá dar atención directa, es decir sin orden médica, a los pacientes que lo soliciten, cuando ellos presenten una condición de discapacidad, enfermedad crónica no transmisible, alteraciones osteomusculares, tegumentarias, neurológicas y cardiorrespiratorias de carácter crónico o secuelar y en el caso de pacientes agudos cuando se enmarque en las condiciones que defina el programa nacional, regional o local correspondiente y cuando se trate de urgencias de tipo osteomuscular que no signifiquen fractura”, decía el proyecto. Ante lo cual surge de inmediato la interrogante: ¿Cómo va a saber el paciente ese tipo de diagnóstico sin antes haber acudido a un médico?

Luego, se señalaba que “cuando los pacientes presenten evidencias de patologías locales o sistémicas que superen sus competencias profesionales, el Kinesiólogo deberá realizar la derivación oportuna de los pacientes al médico-cirujano”. Nuevas preguntas: ¿Queda, entonces, a criterio del kinesiólogo la derivación?

A continuación, se remataba señalando que los kinesiólogos podrían “prescribir ayudas técnicas, exámenes complementarios y recetar medicamentos”.

Extrañamente, los dos diputados patrocinantes retiraron su apoyo a la iniciativa: Accorsi el 11 de enero de 2012 (20 días después de presentarlo) y Castro en julio de 2012.

Segundo apoyo

En 2016 el Colegio de Kinesiólogos, bajo la conducción de Loreto Henríquez y Reinaldo Barría, logró un segundo apoyo que estuvo a punto de concretarse. Fue el de la entonces ministra de Salud, Carmen Castillo, quien les dio un respaldo decidido. Al punto que ya en mayo de 2017 se anunciaba que prontamente estaría lista una modificación del Reglamento 1.082 del MINSAL, que rige a los kinesiólogos, y que volvía a abrir la puerta a la atención de primera consulta, a los tratamientos, y a la prescripción de exámenes y medicamentos.

Paralelamente, un proyecto acorde corría en el Senado, presentado por Carolina Goic (DC), Francisco Chahuán (RN), Guido Girardi (PPD) y Rabindranath Quinteros (PS), en que además de los kinesiólogos, abrían la puerta a los terapeutas ocupacionales, nutricionistas, psicólogos, bioquímicos, fonoaudiólogos, tecnólogos médicos y médicos veterinarios para ser considerados en el Código Sanitario. No obstante, no se señalaba de manera explícita la autorización para prescribir exámenes o medicamentos, lo que quedaba en manos del Ministerio de Salud.

Fuentes del MINSAL señalan que el nuevo Reglamento estuvo a poco de ser emitido por la ministra Castillo, y que “desde dentro” se detuvo, poco antes del cambio de mando.

Ahora, señalan las fuentes el ministro Emilio Santelices habría tomado la posta con resolución y estaría cerca de promulgar la iniciativa.

¿Qué implica?

El ex jefe de la División de Políticas Públicas del Ministerio de Salud, Tito Pizarro, afirmó en una entrevista a la Universidad San Sebastián que “es un tema de complejidad (…) es complejo el traspaso, pero estamos absolutamente de acuerdo de esta realidad”.

Puso como ejemplo una enfermedad broncopulmonar en que “se necesita broncodilatadores y además de kine respiratorio. En Chile el Código Sanitario establece que sólo el médico tiene la potestad de decidir eso, qué es un síndrome bronco obstructivo y ahí él deriva al kinesiólogo para hacer el tratamiento. Ese es el punto más complejo para los kinesiólogos y los demás profesionales de salud; el que tomen cierta autonomía en torno a no necesitar del acto médico”.

“Si un kinesiólogo y un traumatólogo asumen cierta enfermedad como lumbar, es decir, un dolor de cintura y un dolor muscular, la expertise está dada por un kinesiólogo. Pero ese mismo dolor puede ser un cáncer de páncreas. Y un diagnóstico tardío en un cáncer de este tipo es mortalidad 100%, entonces, ¿a quién recae la enfermedad? Le tiene que caer la responsabilidad al médico que tiene que saber que uno de los diagnósticos diferenciales es el cáncer de páncreas en el dolor de cintura», decía Pizarro.

La normativa, de tomar el mismo tenor del proyecto original de Juan Luis Castro y Enrique Accorsi, podría dar cabida a que, ante un dolor, un kinesiólogo pudiera recetar cualquier tipo de medicamento, sin posibilidad concreta de fiscalización respecto de sus prescripciones. Más aún en las mallas de la carrera de kinesiología a nivel universitario no existe formación en torno a la farmacología.

La presidenta del Colegio de Kinesiólogos admitía, en la misma entrevista en 2017 a la Universidad San Sebastián, que “nosotros no hacemos un diagnóstico sindromático como hacen los médicos; nosotros hacemos un diagnóstico funcional, porque nos abocamos a que el paciente recupera la función perdida; no lo mejoramos de la fiebre o cáncer, sino que hacemos que el paciente vuelva a ser funcional”.

Entonces, ¿en qué puede ayudar el cambio a la salud pública?

Alvaro Medina

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