Por nuestro medio asociado OndaExpansiva.cl.- En un fallo contundente, la Tercera Sala de la Corte Suprema invalidó la decisión de la alcaldesa de Maipú, Kathy Barriga, y del Concejo Municipal, de adjudicar un contrato de recolección de basura a cinco años por $150 millones mensuales a la empresa Veolia SU Chile S.A., tras un reclamo de una de las empresas que fue desplazada en la licitación por el servicio.
La decisión del máximo tribunal invalida la adjudicación y ordena que se realice de nuevo la votación del Concejo Municipal, lo que deja en la duda la magnitud de las pérdidas que podría ocasionar a la comuna.
En efecto, la firma Dimensión S.A., una de las cuatro oferentes en la licitación convocada por la Municipalidad de Maipú, reclamó a mediados del año pasado por una decisión que consideraba viciada. Su reclamo fue al Tribunal de Compras Públicas y luego a la Corte de Apelaciones, pero en ambas instancias fue rechazado. Sus argumentos, que incluyeron una queja a tres ministro del tribunal de alzada, fueron acogidos por la Corte Suprema.
Según Dimensión, la licitación estuvo viciada por cuatro razones: primero, porque se adjudicó a un oferente (Veolia) que no incorporó en su oferta la disposición de camionetas y conductores para el trabajo de los inspectores técnicos, tal como ordenaban las Bases de Licitación; segundo, porque Veolia no incorporó en sus antecedentes el último balance tributario; tercero, porque la decisión del Concejo Municipal no alcanzó los dos tercios de los votos favorables, como ordena la Ley en casos en los que los contratos van más allá del actual gobierno comunal; y finalmente, porque se habría ocultado al Concejo que Veolia es la continuadora de la empresa Proactiva, que según la reclamante «estaba vinculada a apisodios de corrupción que motivaron incluso la condena» por cohecho a un concejal.
La Tercera Sala de la Corte Suprema acogió estos argumentos ordenando que se deje «sin efecto el acuerdo N° 3447 del Concejo Municipal de Maipú y el Decreto alcaldicio N° 2335, ambos del 10 de agosto de 2018, quedando el proceso licitatorio en estado de someterse las propuestas ya evaluadas a la decisión el
Concejo Municipal, órgano colegiado que deberá adoptar el acuerdo que corresponda ciñéndose estrictamente a las bases respectivas».
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