Categorías: Cartas al Director

El «hombre» y la «mujer» en la nueva constitución

Sr Director

Compartimos con usted nuestra propuesta realizada a la presidenta de la Convención Constitucional, Elisa Loncón, y los convencionales constituyentes Gaspar Domínguez y Pedro Muñoz, en torno a los derechos de las diversidades sociales:

I.- Las familias
La actual Constitución establece que en su artículo 1° que “la familia es el núcleo fundamental de la sociedad”. Consideramos de gran relevancia que la Carta Magna siga refiriéndose a esta composición social, que es base del desarrollo de las personas. Sin embargo, la actual definición no se hace cargo de la diversidad familiar y social. Por tanto, sugerimos que en su nueva redacción la Constitución  considere la siguiente idea:

“Las familias contribuyen al desarrollo de cada uno de sus integrantes y de las sociedades. Es deber del Estado proteger y garantizar la igualdad de derechos a todas las familias y a cada de uno de sus integrantes”.

 II.- La no discriminación

La Actual Carta Magna se refiere en los artículos 16 y 22 a la no discriminación. El primero, vinculado a lo laboral y el segundo, a lo económico.  La visión es restrictiva, pues garantiza la no discriminación en solo dos campos y no lo establece como un principio general y universal; además de invisibilizar a los sectores históricamente desaventajados, pese a que los mismos son los más afectados por las marginaciones

Sugerimos, considerar a la no discriminación como unos de los principios de la nueva Constitución y  que, al mismo tiempo, enumere y explicite categorías  protegidas por la no discriminación, siguiendo los estándares internacionales de derechos humanos. Teniendo por base la actual Ley 20.609 se sugiere establecer en la Constitución que:

“La  Constitución asegura a todas las personas la no discriminación y en particular la prohibirá  cuando se funde en la raza o etnia, la nacionalidad, la situación socioeconómica, el idioma, la ideología u opinión política, la religión o creencia, la sindicación o participación en organizaciones gremiales o la falta de ellas, el sexo, la maternidad, la lactancia materna, el amamantamiento, la orientación sexual, la identidad y expresión de género, el estado civil, la edad, la filiación, la apariencia personal, la enfermedad o discapacidad, entre otros”.

III.- Personas

En diversos artículos la Constitución habla de hombres y/o mujeres.  Se sugiere que en la nueva Constitución esas categorización binarias desaparezcan y, para todos los efectos, se hable de personas.

Para el Movilh, difundir directamente con la CC estas reflexiones y aportes constituye un hecho histórico y altamente simbólico. Uno de los más importantes en nuestros 30 años de trayectoria. Algo que siempre quedará en nuestra memoria

Cordialmente
Rolando Jiménez
Representante del Movimiento de Integración y Liberación y Homosexual,  Movilh

 

Alvaro Medina

Entradas recientes

La soledad como costo de la lucidez

El filósofo Lisandro Prieto analiza la soledad de quienes piensan con lucidez en la sociedad…

5 horas hace

El umbral crítico del desarrollo y el síndrome del piloto

Cuando el crecimiento económico deja de ser suficiente y las debilidades institucionales amenazan el desarrollo,…

1 día hace

Manual del cínico: la Realpolitik como coartada de la derecha

Una reflexión crítica sobre la diferencia entre Realpolitik, pragmatismo y cinismo político, y sobre cómo…

1 día hace

¿Por qué hablar de Hind Rajab?

La historia de Hind Rajab revela lo que las cifras de Gaza no pueden mostrar:…

3 días hace

Chile y Corea del Sur: del cobre al conocimiento

Los memorándums firmados con Corea delinean un giro desde el intercambio de recursos hacia cadenas…

3 días hace

Respirar salud en tiempos de contaminación

La pregunta no debiera ser solamente cuánto contaminamos, sino qué país queremos respirar. Porque un…

3 días hace